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Una ley contra la violencia de genero Jose
Antonio Uribarri Bouzan, Ernesto Valle
Ley
orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección
Integral contra a Violencia de Género, una de las leyes más
polémicas que han entrado en vigor en estos últimos años,
con opiniones de lo mas diversas; desde que es una ley anticonstitucional
pasando por la pasividad de pensamiento de ésta, y llegando finalmente
a que es totalmente necesaria y no se podía haber hecho mejor. Como todos sabemos la Ley de Violencia de Género fue creada para proteger a la mujer de la violencia machista del hombre al suponer que esta es el sexo mas débil y por lo tanto se encuentra indefensa ante estos ataques. Por lo tanto (y para comprensión de todos), explicaré mediante un resumen breve los objetivos de esta. Objeto
de la ley. El principal objetivo de la ley es proteger a la
mujer de los maltratos del hombre ante ella, no simplemente de su marido
o de su ex-marido, sino de cualquier hombre que haya tenido una relación
con ella como novio o pareja, y esto se puede ver en el Artículo
1.1. que dice así: Educación.
La ley también insiste en que uno de sus objetivos es
inculcar un ideal de respeto e igualdad entre hombres y mujeres a los
jóvenes mediante el sistema educativo español, este principio
se enseñara desde la educación infantil hasta el bachillerato.
Pero no solo esto sino que además la Administración revisará
los libros y materiales para garantizar la ausencia de conceptos que
puedan fomentar la desigualdad y en el Consejo Escolar del Estado tendrán
presencia las organizaciones de mujeres, el Instituto de la Mujer y
expertos en la lucha de la violencia por razones de sexo. Publicidad. Aquellas asociaciones encargadas de la igualdad podrán retirar aquellos anuncios que consideren machistas o que vayan en contra de los ideales que se están intentando enseñar de igualdad, por lo tanto se consideraré legal una asociación del cuerpo femenino que cumpla esta misión de censura. Apoyo a las víctimas. La ley permitirá la creacción de servicios de atención que garanticen un primer asesoramiento legal y psicológico, centros de emergencia para asistir a las mujeres y a sus hijos y centros de recuperación. Ademas de estos apoyos a las víctimas, los ayuntamientos de las CC.AA se veran obligados a participar en el desarrollo de unos servicios en los que se añadirán la asistencia jurídica especializada gratuita, además de ayudas económicas que faciliten a las víctimas de maltratos empezar una nueva vida. Entre estas ayudas económicas se pueden encontrar acceso prioritario a viviendas de protección oficial, formación para el empleo, bonificaciones a las empresas que las contraten y un fondo de pago de alimentos, entre otras cosas. Medidas
jurídicas y penales. Se crearán Juzgados de Violencia
Contra la Mujer, en ellos los jueces podrán adoptar medidas de
protección dependiendo de la gravedad de los casos. Nuevos órganos administrativos. Se creará una Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, un Consejo Consultivo y un Observatorio Nacional de Violencia sobre la Mujer. Otros. Se crearan unidades especializadas en la prevención de la violencia, y se aplicaran programas específicos a maltratadores en la prisión.
Nos
parece totalmente correcto que se intente proteger a la mujer ante los
maltratos de los hombres, pero opinamos que hay que hacerlo de forma
eficiente. Para empezar esta ley discrimina a los hombres ya que (aunque
sabemos que no se dan mucho estos casos), si una mujer maltrata a un
hombre ya sea físicamente o psicológicamente no pasa de
ser una mera falta y se castigará con una pequeña multa,
pero ya sabemos el castigo que se produce si es el hombre el que lo
hace, con esto queremos decir que si hay que hacer una ley que proteja
a las mujeres de los maltratos, igualmente se tendría que aplicar
al distinto sexo, ya que si no esta sería anticonstitucional.
"Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer
discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo,
religión, opinión o cualquier otra condición o
circunstancia personal o social" (Artículo 14 de la Constitución
Española), como bien podéis observar la constitución
aclara el hecho de que los españoles somos iguales y por lo tanto
la ley de Violencia de Género no tendría que hacer distinción
ante los distintos sexos. En definitiva, la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra a Violencia de Género, no es eficiente y además es anticonstitucional, y por lo tanto habría que eliminar o cambiar esas partes erróneas y mantener las acertadas.
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