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TEXTOS DE HISTORIA
Textos de trabajo > Tema 40
 

Los textos se corresponden conel tema 40
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40.1. El peligro de la Internacional visto desde la optica conservadora

"Hoy asistimos a la aparición de una de esas cuestiones temerosas ante la Europa sorprendida y consternada. [...] Prueba en verdad que alcanza a reyes y pueblos, a sacerdotes y profanos, al ciudadano humilde y al encumbrado magnate, a la religión, a la moral, a la propiedad, al trabajo; a la autoridad, a la libertad, a la paz pública; a la patria, a la familia a la seguridad personal; al orden, al gobierno a la economía política; y en fin, a todas las entrañas de la vida de la humanidad. Tremendo retroceso habría de sufrir ésta, si en tal prueba salieren , vencidos los principios tutelares de su existencia y desenvolvimiento .
Y vencidos saldrían, si los ánimos rectos, Si los hombres cuyos intereses morales y materiales están amenazados, si las clases legítimas ciegamente combatidas, no abriesen a tiempo los ojos para ver y evitar el abismo a donde empuja a la sociedad entera, esa tempestad de errores y ese huracán desencadenado de pasiones, que trae consigo con nueva consistencia y forma esta especie de encarnación humana, políglota y cosmopolita, que se titula la Asociación Internacional.
Toda idea de religión, y por tanto de moral eficaz y verdadera; toda idea de autoridad, vínculo preciso de la cohesión social; toda idea de patria, elemento indispensable del organismo humano y de la educación y desarrollo de las aptitudes individuales, están proscritas en esa concitación de las masas, depositarias de la fuerza material: la familia, disuelta y pervertida; el trabajo, desfigurado en su origen y en sus fines; y la propiedad, combatida y codiciada como objeto definitivo y práctico de toda esa evolución perturbadora y desesperada, a que, según ya hemos visto, se aspira.

Antonio Garcia Amilibia. Comité patronal de Madrid. 1877.

40.2. La constitucion de 1876
[Texto resuelto. Consulta el analisis y clasificación.TEXTO PAU]

Art. 11º: La religión Católica, Apostólica, Romana, es la del Estado. La Nación se obliga a mantener el culto y sus ministros. Nadie será molestado .en territorio español por sus opiniones religiosas, ni por el ejercicio de su respectivo culto, salvo el respeto debido a la moral cristiana.
No se permitirán, sin embargo, otras ceremonias ni manifestaciones públicas que las de la religión del Estado.

Art. 13º: Todo español tiene derecho: De emitir libremente sus ideas y opiniones, ya de palabra, ya por escrito, valiéndose de la imprenta o de otro procedimiento semejante, sin sujeción a la censura previa.
De reunirse pacíficamente.
De asociarse para los fines de la vida humana.
De dirigir peticiones individual o colectivamente al Rey, a las Cortes y a las autoridades.
El derecho de petición no podrá ejercerse por ninguna clase de fuerza armada.

Art. 18º: La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey

Art. 19º: Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores, iguales en facultades: el Senado y el Congreso de los Diputados.

Art. 20º: El Senado se compone:
1º De senadores por derecho propio.
2º De senadores vitalicios nombrados por la Corona.
3º De senadores elegidos por las corporaciones del estado v mayores contribuyentes en la forma que determine la ley.
El número de senadores por derecho propio y vitalicios no podrá exceder de ciento ochenta.
Este número será el de los senadores electivos.

Art. 27º: El Congreso de los Diputados se compondrá de los que nombren las Juntas electorales, en la forma que determine la ley- Se nombrará un Diputado a lo menos por cada cincuenta mil almas de población.
Art. 28º: Los Diputados se elegirán y podrán ser " reelegidos indefinidamente por el método que determine la ley.

Art. 50º; La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey, y su autoridad se extiende a todo cuanto conduce a la conservación del orden público en lo interior y a la seguridad del Estado en lo exterior, conforme a la Constitución y a las leyes.

Art. 75º: Unos mismos Códigos regirán en toda la Monarquía, sin perjuicio de las variaciones que por particulares circunstancias determinen las leyes.
En ellos no se establecerá más que un solo fuero para todos los españoles en los juicios comunes civiles y criminales.

Art. 82º: En cada provincia habrá una Diputación provincial, elegida en la forma que determine la ley y compuesta del número de individuos que ésta señale.

Art. 83º: Habrá en los pueblos alcaldes y ayuntamientos. Los Ayuntamientos serán nombrados por los vecinos a quienes la ley confiera este derecho".

40.3.El manifiesto de Sandhurst
[Texto resuelto. Consulta el analisis y clasificación.TEXTO PAU]

He recibido de España un gran número de felicitaciones con motivo de mi cumpleaños.
Cuantos me han escrito muestran igual convicción de que sólo el restablecimiento de la monarquía constitucional puede poner término a la opresión, a la incertidumbre y a las crueles perturbaciones que experimenta España. Dícenme que así lo reconoce ya la mayoría de nuestros compatriotas, y que antes de mucho estarán conmigo los de buena fe, sean cuales fueren sus antecedentes políticos.
Por virtud de la espontánea y solemne abdicación de mi augusta madre, tan generosa como infortunada, soy único representante del derecho monárquico en España. Arranca este de una legislación secular confirmada por todos los precedentes históricos, y esta indudablemente unida a todas las instituciones representativas, que nunca dejaron de funcionar legalmente durante los treinta y cinco años transcurridos desde que comenzó el reinado de mi madre hasta que, niño aún, pisé yo con todos los míos el suelo extranjero.
Huérfana la nación ahora de todo derecho público e indefinidamente privada de sus libertades, natural es que vuelva los ojos a su acostumbrado derecho constitucional y a aquellas libres instituciones que' ni en 1812 le impidieron defender su Independencia ni acabar en 1840 otra empeñada guerra civil. Debióles, además, muchos años de progreso constante, de prosperidad, de crédito y aun de alguna gloria.
Afortunadamente la monarquía hereditaria y constitucional posee en sus principios la necesaria flexibilidad y cuantas condiciones de acierto hacen falta para que todos los problemas que traiga su restablecimiento consigo sean resueltos de conformidad con los votos y la convivencia de la nación.
No hay que esperar que decida yo nada de plano y arbitrariamente; sin Cortes no resolvieron los negocios arduos los príncipes españoles allá en los antiguos tiempos de la monarquía, y esta justísima regla de conducta no he de olvidarla yo en mi condición presente, y cuando todos los españoles están ya habituados a los procedimientos parlamentarios. Llegado el caso, fácil será que se entiendan y concierten las cuestiones por resolver un príncipe leal y un pueblo libre.
Por mi parte, debo al infortunio estar en contacto con los hombres y las cosas de la Europa moderna, y si en ella no alcanza España una posición digna, de su historia, y ,de consuno. independiente y simpática, culpa mía no será ni ahora ni nunca. Sea la que quiera mi propia suerte ni dejare de ser buen español ni, como todos mis antepasados, buen católico, ni como hombre del siglo, verdaderamente liberal.
Suyo afectísimo,.Alfonso de Borbón. Nork- Town (Sandhurst), 1 de diciembre de 1874".

40.4. El ideario politico de Canovas

La política es el arte de aplicar en cada época de la historia aquella parte del ideal que las circunstancias hacen posible; nosotros venimos ante todo con la realidad; nosotros no hemos de hacer ni pretender todo lo que quisiéramos, sino todo lo que en este instante puede aplicarse sin peligro.
[..] Invocando toda la historia de España, [..] deshechas como estaban, por movimíentos de fuerza sucesivos, todas nuestras Constituciones escritas, a la luz de la historia y a la luz de la realidad presente, sólo quedaban intactos en España dos principios: el principio monárquico, el principio hereditario, profesado profundamente, a mi juicio, por la inmensa mayoría de los españoles, y de otra parte, la institución secular de las Cortes.
[..] Nación es cosa de Dios o de la naturaleza, no de invención humana [..] no puede ser; por tanto, una nación producto de plebiscitos diarios ni de un asentimiento constantemente ratificado por todos sus miembros.
[..] El principio psicológico, el alma de una nación consiste en la identidad de recuerdos, de sentimientos, de esperanzas y en la unidad del propio carácter; que hace a cada una diferente de las otras [...]
Muy bien puede una nación desear ser lo que no es, pero el cambio o transformación no depende de su gusto, tal como no depende del hombre feo ser hermoso [..] Mal, pues, que a sus pasiones pese, toda nación que a impulso de ellas ilegítimamente ejerce la soberanía, sin remedio continúa siendo en su interior lo mismo que antes y en estado normal era [..].
Yo estoy en este banco por la confianza de S.M. el Rey, y he estado hasta ahora en él por eso sólo, y en adelante no lo estaré sino por eso mismo y por la confianza de la mayoría de esta cámara, por vuestra confianza, señores diputados.
Mi deber es procurar; en cuanto esté a mi alcance, la formación de grandes partidos políticos, en los cuales pueda apoyarse el trono para las diversas soluciones que exijan los tiempos [..].
Mi deber es el transigir; mi deber es el procurar por mi parte, al frente del gobierno en que estoy, abrir todos los caminos constitucionales de oposición legal."

Cit. en Antonio FERNÁNDEZ, Historia contemporánea,
Vicens Vives, Barcelona, 1976, pp. 350-351., cit. A su vez en Grupo TREMEDAL, Programación de Geografía e Historia de los Países Hispánicos
(3Q BUP), ICE de la Universidad de Zaragoza, 1983,
pp. 279-280.

 

 

   
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