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40.1.
El peligro de la Internacional visto desde la optica conservadora
"Hoy
asistimos a la aparición de una de esas cuestiones temerosas ante
la Europa sorprendida y consternada. [...] Prueba en verdad que
alcanza a reyes y pueblos, a sacerdotes y profanos, al ciudadano
humilde y al encumbrado magnate, a la religión, a la moral, a
la propiedad, al trabajo; a la autoridad, a la libertad, a la
paz pública; a la patria, a la familia a la seguridad personal;
al orden, al gobierno a la economía política; y en fin, a todas
las entrañas de la vida de la humanidad. Tremendo retroceso habría
de sufrir ésta, si en tal prueba salieren , vencidos los principios
tutelares de su existencia y desenvolvimiento .
Y vencidos saldrían, si los ánimos rectos, Si los hombres cuyos
intereses morales y materiales están amenazados, si las clases
legítimas ciegamente combatidas, no abriesen a tiempo los ojos
para ver y evitar el abismo a donde empuja a la sociedad entera,
esa tempestad de errores y ese huracán desencadenado de pasiones,
que trae consigo con nueva consistencia y forma esta especie de
encarnación humana, políglota y cosmopolita, que se titula la
Asociación Internacional.
Toda idea de religión, y por tanto de moral eficaz y verdadera;
toda idea de autoridad, vínculo preciso de la cohesión social;
toda idea de patria, elemento indispensable del organismo humano
y de la educación y desarrollo de las aptitudes individuales,
están proscritas en esa concitación de las masas, depositarias
de la fuerza material: la familia, disuelta y pervertida; el trabajo,
desfigurado en su origen y en sus fines; y la propiedad, combatida
y codiciada como objeto definitivo y práctico de toda esa evolución
perturbadora y desesperada, a que, según ya hemos visto, se aspira.
Antonio
Garcia Amilibia. Comité patronal de Madrid. 1877.
40.2.
La constitucion de 1876
[Texto resuelto. Consulta el analisis y clasificación.TEXTO
PAU]
Art.
11º: La religión Católica, Apostólica,
Romana, es la del Estado. La Nación se obliga a mantener
el culto y sus ministros. Nadie será molestado .en territorio
español por sus opiniones religiosas, ni por el ejercicio
de su respectivo culto, salvo el respeto debido a la moral cristiana.
No se permitirán, sin embargo, otras ceremonias ni manifestaciones
públicas que las de la religión del Estado.
Art.
13º: Todo español tiene derecho: De emitir libremente
sus ideas y opiniones, ya de palabra, ya por escrito, valiéndose
de la imprenta o de otro procedimiento semejante, sin sujeción
a la censura previa.
De reunirse pacíficamente.
De asociarse para los fines de la vida humana.
De dirigir peticiones individual o colectivamente al Rey, a las
Cortes y a las autoridades.
El derecho de petición no podrá ejercerse por ninguna
clase de fuerza armada.
Art.
18º: La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes
con el Rey
Art.
19º: Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores,
iguales en facultades: el Senado y el Congreso de los Diputados.
Art.
20º: El Senado se compone:
1º De senadores por derecho propio.
2º De senadores vitalicios nombrados por la Corona.
3º De senadores elegidos por las corporaciones del estado
v mayores contribuyentes en la forma que determine la ley.
El número de senadores por derecho propio y vitalicios
no podrá exceder de ciento ochenta.
Este número será el de los senadores electivos.
Art.
27º: El Congreso de los Diputados se compondrá de
los que nombren las Juntas electorales, en la forma que determine
la ley- Se nombrará un Diputado a lo menos por cada cincuenta
mil almas de población.
Art. 28º: Los Diputados se elegirán y podrán
ser " reelegidos indefinidamente por el método que
determine la ley.
Art.
50º; La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el
Rey, y su autoridad se extiende a todo cuanto conduce a la conservación
del orden público en lo interior y a la seguridad del Estado
en lo exterior, conforme a la Constitución y a las leyes.
Art.
75º: Unos mismos Códigos regirán en toda la
Monarquía, sin perjuicio de las variaciones que por particulares
circunstancias determinen las leyes.
En ellos no se establecerá más que un solo fuero
para todos los españoles en los juicios comunes civiles
y criminales.
Art.
82º: En cada provincia habrá una Diputación
provincial, elegida en la forma que determine la ley y compuesta
del número de individuos que ésta señale.
Art.
83º: Habrá en los pueblos alcaldes y ayuntamientos.
Los Ayuntamientos serán nombrados por los vecinos a quienes
la ley confiera este derecho".
40.3.El
manifiesto de Sandhurst
[Texto resuelto. Consulta el analisis y clasificación.TEXTO
PAU]
He
recibido de España un gran número de felicitaciones
con motivo de mi cumpleaños.
Cuantos me han escrito muestran igual convicción de que
sólo el restablecimiento de la monarquía constitucional
puede poner término a la opresión, a la incertidumbre
y a las crueles perturbaciones que experimenta España.
Dícenme que así lo reconoce ya la mayoría
de nuestros compatriotas, y que antes de mucho estarán
conmigo los de buena fe, sean cuales fueren sus antecedentes políticos.
Por virtud de la espontánea y solemne abdicación
de mi augusta madre, tan generosa como infortunada, soy único
representante del derecho monárquico en España.
Arranca este de una legislación secular confirmada por
todos los precedentes históricos, y esta indudablemente
unida a todas las instituciones representativas, que nunca dejaron
de funcionar legalmente durante los treinta y cinco años
transcurridos desde que comenzó el reinado de mi madre
hasta que, niño aún, pisé yo con todos los
míos el suelo extranjero.
Huérfana la nación ahora de todo derecho público
e indefinidamente privada de sus libertades, natural es que vuelva
los ojos a su acostumbrado derecho constitucional y a aquellas
libres instituciones que' ni en 1812 le impidieron defender su
Independencia ni acabar en 1840 otra empeñada guerra civil.
Debióles, además, muchos años de progreso
constante, de prosperidad, de crédito y aun de alguna gloria.
Afortunadamente la monarquía hereditaria y constitucional
posee en sus principios la necesaria flexibilidad y cuantas condiciones
de acierto hacen falta para que todos los problemas que traiga
su restablecimiento consigo sean resueltos de conformidad con
los votos y la convivencia de la nación.
No hay que esperar que decida yo nada de plano y arbitrariamente;
sin Cortes no resolvieron los negocios arduos los príncipes
españoles allá en los antiguos tiempos de la monarquía,
y esta justísima regla de conducta no he de olvidarla yo
en mi condición presente, y cuando todos los españoles
están ya habituados a los procedimientos parlamentarios.
Llegado el caso, fácil será que se entiendan y concierten
las cuestiones por resolver un príncipe leal y un pueblo
libre.
Por mi parte, debo al infortunio estar en contacto con los hombres
y las cosas de la Europa moderna, y si en ella no alcanza España
una posición digna, de su historia, y ,de consuno. independiente
y simpática, culpa mía no será ni ahora ni
nunca. Sea la que quiera mi propia suerte ni dejare de ser buen
español ni, como todos mis antepasados, buen católico,
ni como hombre del siglo, verdaderamente liberal.
Suyo afectísimo,.Alfonso de Borbón. Nork- Town (Sandhurst),
1 de diciembre de 1874".
40.4.
El ideario politico de Canovas
La
política es el arte de aplicar en cada época de
la historia aquella parte del ideal que las circunstancias hacen
posible; nosotros venimos ante todo con la realidad; nosotros
no hemos de hacer ni pretender todo lo que quisiéramos,
sino todo lo que en este instante puede aplicarse sin peligro.
[..] Invocando toda la historia de España, [..] deshechas
como estaban, por movimíentos de fuerza sucesivos, todas
nuestras Constituciones escritas, a la luz de la historia y a
la luz de la realidad presente, sólo quedaban intactos
en España dos principios: el principio monárquico,
el principio hereditario, profesado profundamente, a mi juicio,
por la inmensa mayoría de los españoles, y de otra
parte, la institución secular de las Cortes.
[..] Nación es cosa de Dios o de la naturaleza, no de invención
humana [..] no puede ser; por tanto, una nación producto
de plebiscitos diarios ni de un asentimiento constantemente ratificado
por todos sus miembros.
[..] El principio psicológico, el alma de una nación
consiste en la identidad de recuerdos, de sentimientos, de esperanzas
y en la unidad del propio carácter; que hace a cada una
diferente de las otras [...]
Muy bien puede una nación desear ser lo que no es, pero
el cambio o transformación no depende de su gusto, tal
como no depende del hombre feo ser hermoso [..] Mal, pues, que
a sus pasiones pese, toda nación que a impulso de ellas
ilegítimamente ejerce la soberanía, sin remedio
continúa siendo en su interior lo mismo que antes y en
estado normal era [..].
Yo estoy en este banco por la confianza de S.M. el Rey, y he estado
hasta ahora en él por eso sólo, y en adelante no
lo estaré sino por eso mismo y por la confianza de la mayoría
de esta cámara, por vuestra confianza, señores diputados.
Mi deber es procurar; en cuanto esté a mi alcance, la formación
de grandes partidos políticos, en los cuales pueda apoyarse
el trono para las diversas soluciones que exijan los tiempos [..].
Mi deber es el transigir; mi deber es el procurar por mi parte,
al frente del gobierno en que estoy, abrir todos los caminos constitucionales
de oposición legal."
Cit.
en Antonio FERNÁNDEZ, Historia contemporánea,
Vicens Vives, Barcelona, 1976, pp. 350-351., cit. A su vez en
Grupo TREMEDAL, Programación de Geografía e Historia
de los Países Hispánicos
(3Q BUP), ICE de la Universidad de Zaragoza, 1983,
pp. 279-280.
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