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29.1.
El Primer Tratado de San Ildefonso
«Su
Majestad Católica el Rey de España y el Directorio
Ejecutivo de la República Francesa, animados del deseo
de estrechar los lazos de amistad y buena inteligencia que reestableció
felizmente entre España y Francia el tratado de paz concluido
en Basilea el 22 de julio de 1795 han resuelto hacer un tratado
de alianza ofensiva y defensiva comprensivo de todo lo que interesa
a las ventajas y defensa común de las dos naciones.
Art. III. En el término de tres meses contados desde el
momento en que sea solicitado, la Potencia requerida tendrá
prontos y a la disposición de la potencia demandante 15
navíos de línea, tres de ellos de tres puentes,
o de ochenta cañones, y doce de setenta a setenta y dos;
seis fragatas de una fuerza correspondiente y cuatro corbetas
o buques ligeros, todos equipados, armados, provistos de víveres
para seis meses y de aparejos para un año.
[...] Art. V. La potencia requerida aportará igualmente
en virtud de la demanda de la potencia demandante y en el mismo
término de tres meses [...] diez y ocho mil hombres de
infantería y seis mil de caballería con un tren
de artillería proporcionados, cuyas fuerzas se emplearán
únicamente en Europa o en defensa de las colonias que posean
las partes contratantes en el golfo de Méjico.
[…] Art. XVIII. Siendo la Inglaterra la única potencia
de quien la España ha recibido agravios directos, la presente
alianza sólo tendrá efecto contra ella en la guerra
actual y España permanecerá neutral respecto de
las demás potencias que están en guerra con la República
Francesa.
[...] Hecho en San IIdefonso, a 18 de agosto de 1796. El Príncipe
de la Paz. Perignon.»
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29.2.
El Tratado de Fontainebleau
«Art.
1.° La provincia de Entre Duero y Miño con la ciudad
de Oporto se dará en toda propiedad y soberanía
a S. M. el rey de Etruria con el título de Rey de la Lusitania
Septentrional.
Art. 2.° La provincia de Alentejo y el reino de los Algarbes,
se darán en toda propiedad y soberanía al Príncipe
de la Paz, para que las disfrute con el título de Príncipe
de los Algarbes
[...] Art. 11.° S. M. el Emperador de los franceses sale garante
a S. M. el rey de España de la posesión de sus estados
del continente de Europa situados a mediodía de los Pirineos.
Acuerdo
secreto anexa
Art.
I. Un cuerpo de tropas imperiales francesas de veinte y cinco
mil hombres de infantería, y de tres mil hombres de caballería
entrará en España y marchará en derechura
a Lisboa: se reunirá a este cuerpo otro de ocho mil hombres
de infantería y de tres mil de caballería de tropas
españolas con treinta piezas de artillería.
Art.II. Al mismo tiempo una división de tropas españolas
de diez mil hombres tomará posesión de la provincia
de Entre Miño y Duero y de la ciudad de Oporto; y otra
división de seis mil hombres, compuesta igualmente de tropas
españolas tomará posesión de la provincia
de Alentejo y del reino de los Algarbes.
Art. III. Las tropas francesas serán alimentadas y mantenidas
por la España, y sus sueldos pagados por la Francia durante
todo el tiempo de su tránsito por España.
[...] Hecho en Fontainebleau, a 27 de octubre de 1807. Duroc-Izquierdo.»
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