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Texto
23.1.
El Gran memorial del Conde-Duque de Olivares de 1625. La unidad
de los reinos.
"Tenga
V. M. por el negocio más importante de su Monarquía
el hacerse rey de España; quiero decir, señor, que
no se contente V. M. Con ser rey de Portugal, de Aragón,
de Valencia, conde de Barcelona, sino que trabaje y piense con
consejo mudado y secreto por reducir estos reinos de que se compone
España al estilo y leyes de Castilla, sin ninguna diferencia
en todo aquello que mira a dividir los límites, puertos
secos, el poder celebrar cortes de Castilla, Aragón y Portugal
en la parte que quisiere, a poder introducir V.M acá y
allá ministros de las naciones promiscuamente y en aquel
temperamento que fuere necesario en la autoridad y mano de los
consellers, jurados, dipulaciones y consejos de las mismas provincias
en cuanto fueren perjudiciales para el gobierno y indecentes a
la autoridad real, en que se podrían hallar medios proporcionados
para todo, que si V. M. lo alcanza será el príncipe
más poderoso del mundo [...].
Tres son, señor, los caminos que a V. M. Le puede ofrecer
la ocasión [...].
El primero, señor, y el más dificultoso de conseguir,
pero el mejor pudiendo ser, sería que V. M. favoreciese
los de aquellos reinos introduciéndolos en Castilla, casándolos
en ella y los de acá allá, y con beneficios y blandura
les viniese a facilitar de manera que viéndose casi naturalizados
acá con esta mezcla, por la admisión a los oficios
y dignidades de Castilla se olvidasen los corazones de manera
de aquellos privilegios, que por entrar a gozar de los de este
reino igualmente, se pudiese disponer con negociación esta
unión tan conveniente y necesaria.
El segundo sería si hallándose V. M., con alguna
gruesa armada y gente desocupada, introdujese el tratar destas
materias por vía de negociación, dándose
la mano aquel poder con la inteligencia y procurando, que obrando
mucho la fuerza, se desconozca lo más que se pudiere, disponiendo
como sucedido acaso, lo que tocare a las armas y al poder.
El tercer camino, aunque no con medio tan justificado pero el
más eficaz, sería que hallándose V. M. con
esta fuerza que dije, ir en persona como a visitar aquel reino
donde se hubiere de hacer el efecto, y hacer que se ocasione algún
tumulto popular grande, y con este pretexto meter la gente, y
con ocasión de sosiego general y prevención de adelante,
como por nueva conquista, asentar y disponer las leyes en la conformidad
de las de Castillo, y desta misma manera irlo ejecutando en los
otros reinos."
25 de diciembre de 1624 (cfr. Ernest Belenguer, Del oro al oropel.
11 , cit., pp. 98-101).
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