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TEMAS DE HISTORIA
28. El Antiguo Régimen
 

 

Introducción.

Es un tema que compila mucho de lo que hemos visto hasta ahora, resdumiendo los caracteres propios de la Edad Moderna, y especialmente del XVIII.

Básico 20    

 

 

1. EL CONCEPTO DE ANTIGUO REGIMEN

Denominamos Antiguo Régimen al conjunto de características políticas (leyes e instituciones), económicas, sociales y culturales (tradiciones, ideologías, creencias y mentalidades) que se iniciaron en el XVI con la España de los Reyes Católicos, y que pervivieron hasta el siglo XVIII. Era un sistema oligárquico y estamental de origen medieval, pero que en el siglo XVIII tomo ciertos rasgos peculiares, en la forma del estado del despotismo ilustrado.
Uno de sus rasgos mas distintivos, y que mas especialmente debes destacar, es que es un sistema oligárquico, de raíz estamental, basado en el sistema de señoríos, en los cuales, los privilegiados sustituían el poder real por su propia autoridad, bien en sus tierras (señorío territorial) o en zonas asignadas por la corona (señorío jurisdiccional), asumiendo funciones propias de un estado (impartir justicia, cobrar impuestos, etc.).

2. CARACTERES IDEOLOGICOS

La España del Antiguo Régimen no era un mundo racional y científico, sino una sociedad basada en certezas indemostrables, en el que la iglesia era la justificación y explicación de todos los hechos (origen del poder y soberanía del rey -teoría del trono y el altar-).
Esta teoría del Trono y del Altar, vital para comprender este régimen, establecía que existe un solo Dios creador, que se revela a los hombres a través de la Biblia. Esta es interpretada por la Iglesia (depositaria del poder y la sabiduría divina) y protegida por el poder del rey, cuya misión es mantener en la tierra el orden deseado por Dios.
Esta teoría proporcionaba al mundo del AR una absoluta estabilidad, dado que solo la Iglesia, como depositaria y administradora de las cosas de Dios, estaba autorizada a interpretar su palabra y decidir si las normas, sagradas o profanas, incluida la ciencia, eran conformes al proyecto de Dios. De ahí se derivaban aspectos tan relevantes como el poder absoluto de los reyes, la existencia de privilegios, la connivencia entre poder político y religioso o la existencia de una sociedad estamental, orden divino que garantizaba la especialización social y la complementación de ls individuos en aras de un beneficio común

3. CARACTERES POLITICOS

Básicamente, el AR era un régimen absoluto cimentado en el poder de los nobles y los señoríos y justificado por la iglesia. Sin embargo, durante el XVIII, adopto ciertas peculiaridades, en respuesta a la influencia de la Ilustración y al miedo de una actitud menos sumisa de la población, en un mundo, donde la razón comenzaba a abrirse paso. Así nacería el Despotismo Ilustrado, un absolutismo con preocupación por el desarrollo económico y cultural, que empleo algunos métodos ilustrados, pero que estaba limitado en su desarrollo por la protección a los privilegios.
Con todo, el monarca era absoluto en todos los órdenes, no encontrándose limitado por ningún poder. Este poder se ejercia a traves de los funcionarios y los señorios. No existe división de poderes, el rey ejerce el legislativo, el ejecutivo y el judicial. El centralismo administrativo se sostenia en las secretarias de despacho.
Era un sistema afanado en modernizar la sociedad a través de las reformas, pero, como indicaba la frase «todo para el pueblo pero sin el pueblo», sin interferir en las mismas bases del sistema. Como hemos visto en el tema anterior, ello llevaba a no tocar los privilegios, ni la estructura fiscal que permitía la evasión de los grandes propietarios, ni a abordar el mal reparto de la tierra. Por eso, como hemos visto, los ministros de Carlos III utilizaron rodeos, evitando reformas radicales, que a algunos (Esquilache u Olavide), les costaron caro. Así se vendieron baldíos y tierras realengas, se sanearon territorios encharcados o baldíos, pero sin alterar lo más mínimo la estructura de los latifundios. Con ello se aplazaba indefinidamente la necesaria reforma agraria, que hubiera sido la vía más directa para la solución definitiva del problema.
Otra peculiaridad política residió en la desaparición de la vía foral, una vez reducidos los fueros territoriales (que no desaparecidos), tras los decretos de Nueva Planta

4. CARACTERES SOCIALES

El AR era una sociedad estamental, donde los hombres se dividen desde su nacimiento en tres grupos cerrados, inflexibles y separados por privilegios económicos (amortización, vincolismo, mayorazgo, propiedad o exención de impuestos), políticos (el ejercicio de jurisdicción y el monopolio del poder central) , sociales (preeminencia y honor para los nobles) y jurídicos (tribunales y códigos legales separados y beneficiosos).
Estos caracteres eran tan fundamentales e importantes, que el descontento de la iglesia por las regalías, el descontento campesino ante las crisis de subsistencia (motín de Esquilache), la negativa nobiliaria a todo tipo de reformas, la confusión entre estado y persona del rey y la influencia de la ilustración, estarían en la base de su crisis en el reinado de Carlos IV.

Existían tres estamentos: aristocracia o nobleza, clero y tercer estado, llamado también estado llano o pechero. Todos ellos eran grupos extremadamente cerrados, al contrario que las clases de la edad contemporánea. Este carácter quedaba garantizado por el sistema de acceso: a la nobleza y al Tercer Estado se pertenecía por nacimiento, y al clero si se lograba acceder a la vida consagrada, a través de los seminarios o por compra de cargos (esto último solo para los nobles).
La aristocracia y el clero eran los estamentos privilegiados, entendiendo esta situación no como de ventaja o favoritismo (que lo era) sino porque tenían leyes privadas, exclusivas para ellos. Vamos a estudiar como eran esos privilegios.

4.1- Privilegios económicos

Los privilegios económicos eran la base directa del enriquecimiento. El más importante de todos era la exención de pagar impuestos y la asignación de buena parte del presupuesto público como pago de ciertas funciones; pero, además de esto, hay que considerar un aspecto crucial, la propiedad de la tierra, vinculada y amortizada

La vinculación, un privilegio económico y jurídico, garantizaba el mantenimiento del régimen de propiedad, al asegurar la unión jurídica entre propietario y posesiones, lazo que era indisoluble. Mediante el, el noble no podía perder sus tierras, aunque quisiera.
En una sociedad eminentemente agraria, la fuente más importante de poder emanaba de la posesión de la tierra, por lo que la mejor garantía para perpetuarlo consistía en asegurarse su posesión, impidiendo legalmente la división de la propiedad por venta o herencia. Por esta causa se instituyó la vinculación, en virtud de la cual el propietario de la tierra disfrutaba de sus beneficios, generalmente en forma de rentas, aunque no podía venderla ni repartirla por herencia, según se dijo, aunque lo podía perder por lesa majestad o por finalización de una casa nobiliaria ante la ausencia de hijos. Las vinculaciones eran de diversa naturaleza, aunque existían tres tipos, considerados como los más importantes y frecuentes: la amortización, el mayorazgo y los bienes de propios y comunes; existiendo además las tierras de realengo, la Mesta y las de las órdenes militares.
El mayorazgo estaba relacionado con la vinculación. Era un privilegio que favorecía a las principales casas aristocráticas, en virtud del cual podían conservar intacto su patrimonio generación tras generación. Con este sistema se impedía la venta de la tierra, generalmente latifundios, o su reparto por herencia. El hijo mayor heredaba la totalidad de las tierras de forma indivisible con la obligación de proteger a los hermanos y sus familias.
La amortización es un concepto aplicable a los bienes de la Iglesia, amortizados realmente, o muertos para el mercado. Estos bienes eran el resultado de un proceso irreversible de acumulación que se venía produciendo desde hacía siglos, mediante donaciones y entregas para obras pías. La Iglesia, como entidad que perseguía fines asistenciales y espirituales, podía recibir donaciones, pero no vender lo recibido; de ahí su carácter irreversible. Con ello se producía una acumulación de tierras que, con el transcurso de los siglos, se convirtió en el mayor patrimonio España, detrás del de la nobleza. Este proceso acumulativo era muy perjudicial para la Hacienda pública, al quedar exentos de impuesto las tierras que pasaban al patrimonio de la Iglesia. Con ello, la carga impositiva recaía sobre las tierras restantes, libres o no vinculadas, que por ser cada vez menos eran gravadas cada vez más con las cargas fiscales. Aunque hubo intentos de frenar esta acumulación desde el reinado de Felipe II, solo las políticas desamortizadoras del siglo XIX pudieron solucionar el problema y liberar el mercado de tierras.

4.2. Privilegios políticos


El poder jurisdiccional y administrativo que delegaba el rey en los estamentos nobiliario y eclesiástico les proporcionaba directamente poder, e indirectamente la riqueza que el poder mismo conlleva; además de ser la base del sistema señorial. Las funciones administrativas reservadas eran en realidad el privilegio que permitía ejercer el control y la dominación del mundo plebeyo. Este privilegio conllevaba el desempeño en exclusiva de algunas tareas y altas funciones administrativas del reino (corregidores, intendentes, etc.), o el desempeño de los altos cargos o grados del ejército y de la marina.

4.3. Privilegios jurídicos

Los privilegios de orden jurídico implicaban el reconocimiento de códigos de leyes diferenciados para cada estamento, así como de tribunales específicos. Con ello se quiere decir que un mismo delito tenía distinta sanción, según el estamento al que se perteneciera.
Además, los individuos de cada estamento debían ser juzgados por sus «iguales», es decir, por tribunales formados por personas de su mismo estamento. Esto es, no existía igualdad jurídica entre los súbditos y no había de unidad jurisdiccional en todo el reino.


5. CARACTERES ECONOMICOS

Es el AR, en suma, un mundo de bajo nivel técnico, asociado a una economía agraria, mercantilista y proteccionista, con inexistencia de propiedad libre de la tierra, y con una grave problema fiscal

 

   
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