Hay
una convocatoria anual de becas
convocadas para todo el territorio
nacional por el Ministerio de
Educación y Ciencia,
tanto para alumnos universitarios
como preuniversitarios. hasta
que se produzca la de este año,
aqui tienes información
orientativa a partir de la que
esta en vigor.
En esta misma página
podras encontrar la información
actualizada en cuanto se publique.
Normativa general de becas
Instrucciones
Becas de
movilidad
Impresos
de solicitud
El
Consejo de Ministros ha aprobado
recientemente el Real Decreto
468/2006, de 21 de abril, por
el que se establecen los umbrales
de renta y patrimonio familiar
y las cuantías de las
becas y ayudas al estudio del
MEC, para el curso 2006/07 (Doc.
FERE-CECA, Ref.: 04379).
1.
ÁMBITO DE APLICACIÓN.
Con
arreglo a los Presupuestos Generales
del Estado, de cara al curso
2006/07, se ha incrementado
la cuantía destinada
a becas y ayudas al estudio
sin número determinado
de personas beneficiarias y
para las enseñanzas que
dispone el artículo 1
del citado Real Decreto, que
abarca enseñanza reglada,
estudios religiosos, segundo
ciclo de Educación Infantil,
estudios militares, Bachillerato,
...
La
cuantía de las becas
se incrementa en un 3%.
2.
AYUDAS PARA EDUCACIÓN
INFANTIL.
Se
convocan ayudas de escolarización
destinadas al alumnado de segundo
ciclo de educación infantil
(3,4 y 5 años), matriculados
en centros NO sostenidos con
fondos públicos y que
estén debidamente autorizados.
La
cuantía máxima
de la ayuda será de 596
euros.
3.
BECAS DE CARÁCTER GENERAL.
Se
convocarán becas de carácter
general para el alumnado de
Bachillerato, de FP, de enseñanzas
deportivas, de enseñanza
universitarias conducentes a
los títulos de Licenciado,
Arquitecto, Diplomado, Maestro,
Ingeniero Técnico y Arquitecto
Técnico, de enseñanzas
artísticas, de enseñanzas
de idiomas y de otras enseñanzas
superiores.
la orden correspondiente a cada
año academico de publica
en el BOE en el mes de abril
de cada año, con las
instrucciones para el curso
siguiente.
En la actualidad se esta a
la espera de la publicación
de las bases para los alumnos
que van a iniciar sus estudios
universitarios en el próximo
curso 2007/08, de manera que
conozcan si reúnen las
condiciones para obtener beca
antes de llevar a cabo su preinscripción
en la Universidad.
Requisitos: Alumnos, que en
el curso académico 2007/08,
inicien, por primera vez, primer
ciclo de estudios conducentes
al título oficial de
Licenciado, Ingeniero, Arquitecto,
Diplomado, Maestro, Ingeniero
Técnico y Arquitecto
Técnico con validez en
todo el territorio nacional.
Lugar de presentación:
Las solicitudes se presentarán,
en el Centro docente en que
el alumno se encuentre matriculado
en el actual curso 2006/07.
Plazos (Fechas): Todos los
alumnos que soliciten beca deberán
presentarla hasta el 31 de mayo
de 2007, inclusive.
Organismo convocante: Ministerio
de Educación y Ciencia.
Más
información
4.
BECAS DE MOVILIDAD.
Asimismo,
se convocarán becas de
movilidad para el alumnado que
curse estudios presenciales
en centros ubicados en una comunidad
autónoma distinta de
su domicilio familiar, tanto
de enseñanzas universitarias,
como de otros estudios superiores.
5.
AYUDAS AL ESTUDIO Y SUBSIDIOS
PARA ACNEEs.
También
se convocarán ayudas
al estudio y subsidios para
acnee que curse estudios en
los niveles de segundo ciclo
de Educación Infantil,
Educación Primaria, ESO,
Bachillerato, CFGM, CFGS y Programas
destinados a la obtención
de una cualificación
profesional inicial.
Los
subsidios atenderán a
los gastos de comedor y transporte
escolares y se concederán
a acnees.
6.
RENTA FAMILIAR.
Por
último, se adecuan los
umbrales de renta familiar y
se amplían los niveles
de la renta mínima para
percibirlas, un 7%.
7.
CONVOCATORIAS ESPECÍFICAS.
Al margen de esta información
general, existen otras convoicatorias
especificas para estudios o
situaciones familiares particulares,
que se publicarana a final de
curso, y de las que te informaremos
REQUISITOS
ACADEMICOS:
No se concederán ayudas
a los alumnos que la hubieran
obtenido en el curso 2005-2006
y no hayan promocionado de curso
en 2006-2007.
REQUISITOS
ECONOMICOS:
Las Ayudas podrán ser
solicitadas por las familias
de los alumnos cuya renta en
el año 2005 no haya superado
los siguientes umbrales:
Familias
de 2 miembros computables 12.535,00
euros
" de 3 miembros computables
16.461,00 euros
de 4 miembros computables 19.525,00
euros
de 5 miembros computables 22.157.00
euros
de 6 miembros computables 24.699,00
euros
de 7 miembros computables 27.101,00
euros
de 8 miembros computables 29.490,00
euros
Por cada miembro más
a partir del octavo se sumarán
2.368,00 euros
Para
el cálculo de la renta
familiar disponible, entrarán
en consideración todos
los ingresos de la unidad familiar:
padres. hermanos solteros menores
de 25 años y abuelos
de los solicitantes que convivan
en el domicilio familiar. También
se considerará como miembro
computable el nuevo cónyuge
o persona unida por análoga
relación (en el caso
de madre o padre soltero o divorciado)
y se tendrán en cuenta
sus ingresos. Sin embargo no
se considerarán como
miembros computables el resto
de
posibles miembros de la unidad
familiar (tíos. primos
del solicitante).
El
cálculo de la renta familiar
se obtendrá por agregación
de las rentas obtenidas en el
ejercicio 2005 de cada uno de
los miembros computables. los
sustentadores principales (padre
y madre) al 100 % yel resto
de los miembros (abuelos y hermanos)
al 50 %. Para el cálculo
de la renta familiar. se sumará
la parte general de la renta
con la parte especial de la
renta de dicQo periodo. De esta
suma se restará la reducción
por rendimientos del trabajo
y la cuota resultante de la
autoliquidación.
|