DICCIONARIO

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C

 

 








 

CABALLERO BLANCO (white knight)

Empresa a la que recurre una compañía que esté siendo objeto de una OPA hostil, para que la contrarreste presentando otra oferta de adquisición con mejoras sobre la primera (precio más elevado, dirigida a un mayor número de accionistas...). Es decir, la empresa que va a ser adquirida intenta elegir un comprador que por motivos estratégicos o económicos se considere preferible al que ha presentado la OPA hostil.


CABALLERO NEGRO (black knight)

persona o entidad que lanza una OPA hostil contra una empresa.



CALENTAMIENTO DEL MERCADO (heating)

Iincremento del precio de un valor, inducido de forma artificial por alguien que tiene interés en una revalorización rápida. El calentamiento puede realizarse por medio de compras selectivas, o difundiendo falsos rumores.

CALIFICACION DE SOLVENCIA (credit rating)

Estimación de la solvencia de una compañía, realizada por entidades especializadas. Tal valoración se plasma en el 'rating', que permite a los inversores evaluar el riesgo de las emisiones y de la propia empresa, generalmente distinguiendo entre las emisiones a corto y a largo plazo.

CAPITAL

Bienes que son utilizados para elaborar otros bienes.


CAPITAL ESTATUTARIO INICIAL

Cifra mínima de capital que, de acuerdo con sus estatutos, debe tener una sociedad de inversión colectiva de capital variable (SICAV). Debe estar íntegramente suscrito y desembolsado en el momento de la constitución de la sociedad, y en ningún caso podrá ser inferior a 2,4 millones de euros. El aumento o disminución del capital estatutario inicial deberá acordarse en junta general de accionistas, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Sociedades Anónimas.

CAPITAL ESTATUTARIO MAXIMO

Capital máximo con que puede contar una sociedad de inversión colectiva de capital variable (SICAV). No podrá superar en más de 10 veces el capital inicial. El aumento o disminución del capital estatutario máximo deberá acordarse en junta general de accionistas, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Sociedades Anónimas.

CAPITAL FLOTANTE (free float)

Es la parte del capital de una compañía cotizada que se encuentra en manos de pequeños inversores, y que por lo tanto es objeto de libre negociación en Bolsa (es decir, la parte que no controlan los accionistas de referencia, el 'núcleo duro' de la sociedad). En principio, las empresas con mayor capital flotante ofrecen a los minoritarios más posibilidades de participar en las decisiones societarias y mayores posibilidades de liquidez.

CAPITAL HUMANO

Conocimiento y experiencia que posee la población de un país.

CAPITAL RIESGO (venture capital)

actividad financiera por la cual se participa, con carácter temporal, en el capital de empresas que se encuentran en fase de creación o desarrollo. La incertidumbre sobre la evolución del negocio hace que se trate de una actividad reservada a inversores profesionales (dispuestos a asumir el riesgo a cambio de importantes plusvalías, en caso de que la evolución de la empresa sea satisfactoria) o entes públicos (que por motivos estratégicos pueden estar interesados en fomentar el desarrollo de un determinado sector industrial).

CAPITAL SOCIAL (equity capital)

Fondos propios de una sociedad que proceden de las aportaciones de los accionistas. La participación en el capital social de una empresa otorga a los inversores derechos en el reparto de beneficios, derechos de suscripción preferente en ampliaciones de capital y derechos de asistencia y voto en las juntas generales de accionistas.

CAPITAL BURSATIL (market capitalization)

es el valor que el mercado atribuye a una empresa, expresado como producto del número de acciones emitidas por el precio de cotización de las mismas. La capitalización bursátil de un mercado es la suma de la capitalización de los valores que en él se negocian.

CARENCIA, período de:: (Grace period)

Período que va desde el abono de un préstamo hasta el comienzo de pago de cuotas de capital. Durante dicho período solamente se liquidan intereses.

CÁRTEL

Acuerdo formal entre empresas para fijar un precio, para distribuirse el mercado y7o para limitar la producción.


CARTERA DE VALORES (investment portfolio)

Conjunto de activos financieros que posee una persona física o jurídica (acciones, bonos, fondos de inversión...). Su composición dependerá del perfil de riesgo del inversor y de sus preferencias por determinados mercados, sectores, etc. En general, la diversificación entre productos y sectores puede contribuir a controlar el riesgo asumido.

CARTERA INDEXADA

Cartera de valores en cuya composición se ajusta el peso de los distintos activos financieros, con el objetivo de que reproduzca el comportamiento de un índice de referencia (benchmark). Ver ÍNDICE y BENCHMARK.

CARTERA OPTIMA (optimum portfolio)

Es la combinación de valores que maximiza el rendimiento, para un nivel de riesgo determinado.

CASH FLOW

Flujo de caja

CASH FLOW POR ACCION (cash flow per share)

Ratio que relaciona los fondos generados por la empresa con el número de acciones. Los fondos generados suelen definirse como el beneficio neto más las amortizaciones.

CEDULAS HIPOTECARIAS (mortgage bonds)

Valores de renta fija emitidos por entidades de crédito (bancos y cajas) o sociedades de crédito hipotecario, garantizados de forma global por la cartera de préstamos hipotecarios de la entidad emisora. El volumen de cédulas emitido no puede superar el 90% de los capitales no amortizados de todos los créditos hipotecarios de la entidad aptos para servir de cobertura. Pueden consultarse más datos en la sección sobre Cédulas hipotecarias del Rincón del Inversor.

CENTRAL DE CICLO COMBINADO

Ver articulo de la revista indico


CERTIFICADO DE APRTICIPACION (participation certificate)

En el ámbito de la inversión colectiva, es el documento nominativo que acredita el derecho de propiedad de un partícipe sobre un fondo de inversión concreto. Entre sus contenidos debe incluirse la identificación del fondo, de la gestora y del depositario, así como el número de participaciones y el valor liquidativo en la fecha de emisión del certificado.

CESTA DE FONDOS (basket of funds)

Conjunto de fondos de inversión adquiridos por un mismo partícipe. Su composición depende del perfil de riesgo del inversor, y en general persiguen la diversificación para un mejor control de los riesgos. A menudo las cestas de fondos se utilizan como subyacente o referencia, asociadas a otras inversiones (seguros de vida o unit linked, fondos garantizados, etc.).

CHART o CHARTISMO

Es un informe que se basa en el estudio a través de gráficos del movimiento de los precios, para poder prever sus futuras oscilaciones.
El análisis chartista estudia el movimiento de los precios de activos mediante gráficos. A través del análisis chartista, los inversores analizan fluctuaciones pasadas, a partir de las cuales pueden prever oscilaciones futuras y operar en consecuencia.

¿Qué es?

El análisis chartista (cuyo nombre deriva del término anglosajón «chart»: gráfico, tabla, carta) se basa en el estudio a través de un gráfico de las formaciones de precios pasados para prever sus futuras oscilaciones. Con el análisis chartista se analizan las variaciones en la dirección de la tendencia de un precio, cómo se produce el cambio en la misma y cuál puede ser su posible evolución futura.

El análisis chartista se fundamenta en los «charts», que son representaciones por medio de gráficos de las variaciones de los precios de un activo cotizado.

Chartismo y técnico

A menudo, el análisis técnico se utiliza como sinónimo de análisis chartista, aunque en realidad no es lo mismo (el análisis técnico engloba al chartista). El análisis chartista se basa en el estudio de las figuras que forman los precios, como indicación de la tendencia que pueden seguir en el futuro. El análisis técnico, en cambio, efectúa operaciones estadísticas y matemáticas con los precios, a fin de determinar las tendencias. La información básica que se utiliza son el precio o cotización y el volumen del producto que se quiera analizar. El objetivo final de ambos análisis es, sin embargo, el mismo: facilitar la toma de decisiones al inversor. La combinación de los dos permite incrementar los rendimientos.

Premisas básicas

El análisis chartista se basa en la aceptación de unas premisas básicas a partir de las cuales operar. La primera de esas premisas es que el mercado lo sabe todo. El analista no tiene que conocer todas las causas o informaciones que provocan los cambios en los precios. Simplemente deberá estudiar su evolución para determinar su dirección. La segunda premisa es que los precios siempre se mueven por tendencias. La tercera y última es que el mercado tiene memoria y la historia se repite gráficamente.
El análisis chartista estudia cuáles son las pautas que suelen seguir los precios cuando hay un cambio de tendencia o una consolidación. Existe una gran variedad de pautas. Intentar analizar todas puede producir más confusión que ayuda.
Existen nueve formaciones básicas o figuras chartistas. Las figuras chartistas se pueden clasificar en dos categorías: figuras de cambio de tendencia y las figuras de consolidación de tendencia. Las principales formaciones de cambios de tendencia son: hombro-cabeza-hombro; dobles y triples suelos y techos: suelos y techos redondeados; cuñas ascendentes y descendentes y vueltas en V.

Las principales formaciones de continuación de tendencia son: banderas y gallardetes, triángulos, rectángulos, huecos o «gaps». En el gráfico se representa una figura de suelo durmiente redondeado o taza.

 

CHEQUE

Mandato escrito de pago, a favor de un beneficiario, que debe efectuar el banco en el que tiene su dinero quien lo extiende.

CHICHARRO

En el argot bursatil, sociedad anonima que cotiza en bolsa, que es de pequeño tamaño, hay poca cantidad dxe capital en circulación susceptible de compraventa diaria - poca liquidez- y sufre variaciones de valor de mercado muy grandes con pocos movimientos de capital -alta volatilidad-.

CHIRINGUITO FINANCIERO (unauthorized intermediary)

Se denomina así a aquellas entidades que ofrecen servicios de inversión sin estar autorizadas para ello. Al no haber cumplido los trámites de registro ante los organismos supervisores competentes, no están sujetas a supervisión y por tanto no ofrecen garantía alguna a los inversores. Suelen captar a sus clientes ofreciendo rentabilidades muy superiores a las que en cada momento ofrece el mercado. La probabilidad de que tras estas entidades se oculten actividades fraudulentas es muy elevada, por lo que conviene extremar las precauciones y operar siempre con intermediarios autorizados. Los riesgos que implican y su modo de actuación se describen con más detalle en la sección sobre Chiringuitos financieros.

CICLO ECONOMICO (business cycle)

Variación a largo plazo de la actividad económica de un país, medida a través de sus índices macroeconómicos. El ciclo se denomina expansivo en las fases de crecimiento económico y recesivo en los periodos de contracción de la actividad y caída de la producción y el empleo. Otra definición seria : Son las fluctuaciones que sufre la actividad economica a lo largo del tiempo, y que tienden a repetirse en ciertos parametros. Esas pautas repetidas se miden en base a las variables objeto y se clasifican en expansión, cima, recesión y depresión.


CLASES DE PARTICIPACIONES

Conjunto de participaciones de un fondo de inversión a las que se aplican las mismas comisiones; dentro de un mismo fondo pueden existir distintas clases de participaciones.

CLAUSULA ANTI DILUCION (anti dilution provision)

Puede introducirse en emisiones de obligaciones y bonos convertibles. Su objetivo es compensar a los titulares de las acciones actualmente en circulación, por la pérdida de valor que experimentarán éstas como consecuencia de la ampliación de capital necesaria para poder atender la conversión. Ver DILUCIÓN.

CLUB DE INVERSION (investment club)

Grupo de personas que ponen en común un capital (de forma periódica o con carácter de aportación inicial), con el fin de realizar inversiones conjuntas en los mercados de valores, especialmente en las Bolsas. Surgen como una herramienta de aprendizaje, para que sus miembros puedan familiarizarse con los distintos aspectos de la operativa bursátil (de hecho, la mayoría aparecen en el ámbito universitario). No debe confundirse con la inversión colectiva, y se trata de una actividad que no está regulada en la normativa del mercado de valores.

CODIGO DE BUEN GOBIERNO (code of good governance)

Conjunto de recomendaciones sobre los principios y normas que deben inspirar el funcionamiento de las sociedades anónimas. Tras los Informes Olivencia (1998) y Aldama (2003), en 2006 se ha difundido el Código Unificado de Buen Gobierno (código Conthe). La aplicación de las recomendaciones que contiene es voluntaria para las entidades, pero en caso de no asumirlas deberán explicar el motivo ('cumplir o explicar'). Ver las secciones sobre Organismos societarios de toma de decisiones y Código de Buen Gobierno.

COEFICIENTE BETA (beta coefficient)

Compara la variabilidad del precio de un título en relación con la del mercado. Es el coeficiente de una recta de regresión entre la rentabilidad del título y la del mercado. Si vale 1, ambas rentabilidades se modifican de la misma manera. Si es inferior a 1, significa que las variaciones de precio son menores en el valor que en el mercado; y si es superior, indica que el precio del valor varia más deprisa que el mercado.

COEFICIENTE DE CAJA

Fracción de los depósitos de los bancos que los bancos centrales controlan y los bancos no pueden usar en circunstancias normales. La liquidez y operatividad de esos coeficientes es un instrumento de la politica monetaria de los gobiernos, y permite controlar las diversas circunstancias negativas que pueden aparecer en una economia.
En sisntesis, ante una situación de inflacion, el aumento de los coeficientes de caja, deja menor cantidad de dinero a la libre disposisión del mercado. La falta de liquidez hace que el dinero sea mas caro, reduciendo el consumo. Al reves, ante una amneza, su dismin ución hace que el dinero abunde, caiga su precio (tipo de interés) y se estimule el consumo.


COLATERAL (collateral)

Activo que se ofrece como garantía adicional, en un crédito o una emisión de bonos. Puesto que supone una reducción del riesgo de crédito (explicado en la sección Riesgo de crédito o insolvencia ), también disminuye el coste de la financiación, es decir, los intereses ofrecidos al inversor.

COLOCACION (placement)

En el ámbito de una oferta pública de valores, es el servicio que presta una entidad (colocadora) al emisor u oferente, por el que se compromete a distribuir los valores entre el público a cambio del cobro de una comisión. En ocasiones, la entidad colocadora también asegura la colocación. Ver COLOCACIÓN ASEGURADA.

COLOCACION ASEGURADA (underwritten placement)

Es aquella en la que una entidad se compromete con el emisor u oferente a adquirir los títulos que no sea capaz de colocar en el mercado.

COLOCACION PRIVADA (private placement)

Se da cuando la emisión se adjudica a un inversor o grupo de inversores sin que se realice oferta pública (por lo que los requisitos legales que deben satisfacerse en la colocación son menos estrictos de lo habitual). Este procedimiento supone un notable ahorro de costes para el emisor.

COLOCACION RESTRINGIDA

Las condiciones de la emisión se establecen más o menos a la medida de un grupo definido de inversores, que van a ser los compradores exclusivos de la misma.

COMISION DE DEPOSITOS O DE CUSTODIA (custody fee)

Es la que cobran los depositarios al fondo de inversión por la administración y custodia de los valores que componen la cartera. Se devenga diariamente y es implícita; es decir, ya está deducida del valor liquidativo al que el partícipe suscribe o reembolsa participaciones. Esta comisión no puede superar el 2 por mil anual del patrimonio.

COMISION DE GESTION (management fee)

Es la que cobra la sociedad gestora al fondo de inversión como remuneración por sus servicios. Se devenga diariamente y es implícita; es decir, ya está deducida del valor liquidativo al que el partícipe suscribe o reembolsa participaciones. Puede establecerse en función del patrimonio, de los rendimientos o de ambas variables (debe consultarse en el folleto la posibilidad de que se apliquen distintas comisiones en función de la permanencia u otros parámetros). Los límites máximos son: el 2,25% si se calcula sobre el patrimonio, el 18% si depende de los resultados, y en caso de que se empleen ambas magnitudes, no podrá exceder el 1,35% del patrimonio y el 9% de los resultados.

COMISION DE INVERSIONES (investment strategy committee)

Comisión creada en el seno del Consejo de Administración, obligatoria en las cajas de ahorros. Tiene la función de proponer e informar al Consejo sobre las inversiones y desinversiones de carácter estratégico y estable que efectúe la entidad, sobre su viabilidad financiera y su adecuación a los presupuestos y planes fundacionales de la entidad.

COMISION DE REEMBOLSO (redemption fee)

Es la que cobra la gestora individualmente a cada partícipe en el momento en que se deshace la inversión en el fondo, tanto por reembolso como por traspaso, por lo que es una comisión explícita. Se calcula como porcentaje del capital reembolsado. No puede superar el 5% del valor liquidativo de las participaciones reembolsadas. Debe consultarse en el folleto la posibilidad de que se apliquen distintas comisiones en función de la permanencia u otros parámetros. En los fondos garantizados suelen cargarse elevadas comisiones para los reembolsos que no se realizan en la fecha de vencimiento de la garantía.

COMISION DE SUSCRIPCION (subscription fee)

Es la que cobra la gestora individualmente a cada partícipe en el momento de invertir en el fondo, por lo que es una comisión explícita. Se calcula como porcentaje del capital invertido. No puede superar el 5% del valor liquidativo de las participaciones suscritas. Debe consultarse en el folleto la posibilidad de que se apliquen distintas comisiones en función de la fecha de suscripción u otros parámetros.


COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES - CNMV (Spanish Securities Commission)

Organismo público dependiente del Ministerio de Economía, al que corresponde la supervisión e inspección de los mercados de valores y de la actividad de las personas físicas y jurídicas que se relacionan en el tráfico de los mismos. La ley atribuye a la CNMV la función de velar por la transparencia de los mercados, la correcta formación de precios y la protección de los inversores.


COMISION DE PATRIMONIO

Es la parte de la comisión de gestión que se calcula como porcentaje sobre el patrimonio del fondo de inversión. Puede alcanzar hasta el 2,25% del patrimonio.

COMISION SOBRE RESULTADOS (performance fee)

Tipo de comisión de gestión que se calcula sobre los rendimientos obtenidos por un fondo aplicando un porcentaje que puede llegar hasta el 18% del rendimiento del fondo.

COMITE DE AUDITORIA (audit committee)

Comisión creada en el seno del Consejo de Administración, obligatoria en las sociedades con valores cotizados. Entre sus funciones y competencias se encuentran la propuesta de nombramiento de auditores externos, la supervisión de la auditoría interna y el conocimiento de los sistemas de control interno y del proceso de información financiera. En cuanto a su composición, deberá tener mayoría de consejeros no ejecutivos. El número de integrantes, las competencias y las normas de funcionamiento del Comité de Auditoría se encuentran fijados en los estatutos de la sociedad.

COMPETENCIA PERFECTA

Mercado en el que existen muchas empresas que ofrecen el mismo producto, de manera que ninguna de ellas tiene influencia sobre el precio. Son empresas que operan en un mercado de competencia perfecta o de libre concurrencia

CONCURSO DE ACREEDORES (insolvency proceedings)

Procedimiento para resolver las situaciones de insolvencia, actual o inminente, de una sociedad o de una persona física; es decir, aquellos casos en los que no es capaz de cumplir con sus obligaciones exigibles. El objetivo es satisfacer a los acreedores sin llegar a la total liquidación del patrimonio. La declaración de concurso pueden solicitarla tanto el deudor como cualquiera de sus acreedores.


CONFLICTO DE INTERES (conflict of interest)

Situación que se da cuando una entidad intermediaria, un emisor o cualquier otro agente profesional de los mercados de valores tiene en una determinada operación unas expectativas que pueden ser contrapuestas a las del inversor particular (cliente, accionista...). Por ejemplo, puede darse conflicto de interés cuando la entidad que coloca entre el público una oferta de valores actúa también como aseguradora, ya que si la oferta no tiene éxito deberá asumir los valores no colocados; en este caso podría suceder que se diese prioridad a la labor comercializadora de la entidad frente al leal asesoramiento del cliente. La Directiva de Mercados de Instrumentos Financieros exige que las entidades informen en cada caso sobre los posibles conflictos de interés y las políticas que tienen establecidas para su manejo.


CONSEJERO DOMINICAL

Es el que forma parte del Consejo de Administración por su condición de accionista de la sociedad, o bien por detentar una participación superior al 5% del capital. Pueden formar parte del consejo de forma directa o a través de un representante.

CONSEJERO EJECUTIVO

Miembro del Consejo de Administración que, además de sus funciones como consejero, interviene en la actividad diaria de la compañía desempeñando tareas de alta dirección, o bien es empleado de la sociedad o de su grupo.

CONSEJERO EXTERNO

Miembro del Consejo de Administración que no interviene en la actividad diaria de la sociedad; puede ser dominical o independiente.

CONSEJERO INDEPENDIENTE

Miembro del Consejo de Administración que debe desempeñar sus funciones sin verse condicionado por relación alguna con el equipo gestor ni con los accionistas de control de la sociedad. Se elige en atención a sus circunstancias personales y profesionales. La misión fundamental de los consejeros independientes es defender los intereses de todos los accionistas, y en particular de los minoritarios que no tienen acceso a un puesto en el Consejo; esto es especialmente relevante en situaciones de conflicto potencial (operaciones vinculadas, OPA, fusiones...).

CONSEJO DE ADMINISTRACION

Organo de gobierno de una sociedad, compuesto por una serie de miembros (los administradores), nombrados por la Junta General de Accionistas. Le corresponde la gestión, administración y representación de la sociedad. En las sociedades cotizadas el Consejo debe dotarse de un conjunto de normas que determinan sus principios de actuación (Reglamento del Consejo). Otras cuestiones relativas a la composición y funcionamiento del Consejo de Administración se describen con más detalle en las secciones sobre Organismos societarios de toma de decisiones y Código de Buen Gobierno.

CONSUMO

Gasto en bienes y servicios para la satisfacción de necesidades. Gasto en bienes y servicios para la satisfacción de necesidades. En macroeconomía, gasto total realizado por los consumidores de bienes y servicios en un periodo dado. Incluye todos los bienes de consumo comprados en el periodo, aunque muchos de ellos duran periodo más largo, por ejemplo los muebles, la ropa, los automóviles, etc. No incluye la compra de vivienda, que se considera gasto de inversión.

CONTINGENTE

Cantidad máxima de alguna mercancía que puede ser importada cada año.


CONTRATOS DE COMPRA VENTA DE OPCIONES (reverse convertible)

Son contratos no negociados en mercados secundarios organizados, por los que una entidad de crédito recibe de sus clientes dinero, valores, o ambas cosas, asumiendo una obligación de reembolso (en dinero o en valores) cuya cuantía dependerá de la evolución de determinados valores o índices bursátiles, sin compromiso de reembolso íntegro del principal recibido. Su riesgo está directamente relacionado con el del valor o instrumento de referencia. Este producto se trata con más detalle en la sección Contratos de compra/venta de opciones.


CONTRATOS TIPO (standard contracts)

Son los modelos de contrato que han de utilizar las empresas de servicios de inversión para formalizar las relaciones con sus clientes, en determinadas operaciones que por su carácter habitual alcanzan una difusión masiva. El contenido de los contratos-tipo empleados por cada entidad debe ser revisado por los organismos supervisores competentes (CNMV y, en todo lo que se refiera al mercado de deuda en anotaciones, el Banco de España).

CORREDOR DE SEGUROS

Carlos Arzuaga /DM

Un corredor de seguros puede comercializar seguros de distintas entidades de forma independiente. Para ejercer esta profesión, es necesario recibir autorización por parte de la Dirección General de Seguros.
El corredor de seguros es un trabajador por cuenta propia que se dedica a la mediación de seguros. Su peculiaridad es que puede comercializar seguros de distintos ramos y entidades de forma independiente, sin estar contratado por ninguna aseguradora en particular. Los productos que ofrece pueden estar en competencia. Es decir, el corredor puede vender seguros de vida, coche, hogar, etc. de distintas entidades. Así, el cliente puede comparar y decidir en función de diversos criterios (precio, coberturas, etc), qué solución le conviene más.

La Ley de Mediación de Seguros Privados es la que regula la figura del corredor de seguros. En la actualidad, esta ley se encuentra en proceso de transformación. De hecho, se está negociando en el Senado la aprobación de numerosos cambios.
Hasta ahora, la normativa obligaba al corredor de seguros a tener en su poder un Diploma de Mediador de Seguros Titulado. Para ejercer la profesión, además, el corredor debe recibir la autorización pertinente de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). Este organismo suele solicitar un programa de actividades en el que el corredor debe exponer cómo prevé desarrollar su trabajo.

Además de la independencia, el corredor de seguros se caracteriza por ofrecer asesoramiento profesional imparcial a quienes demandan cobertura de diferentes riesgos: patrimonios, responsabilidades, etc.

El agente de seguros suele confundirse con el corredor, por lo que conviene conocer cuáles son las diferencias.
El agente es un profesional que se dedica también a la mediación de seguros, pero que está vinculado a una entidad aseguradora concreta, mediante un contrato de agencia de seguros. Ningún agente puede estar simultáneamente vinculado por contrato de agencia de seguros con más de una entidad, a menos que sea autorizado por ella.
La retribución básica de los agentes se denomina comisión. Consiste en una parte de las primas que consiguen en su labor comercial directa a través de su intervención o colaboración con una aseguradora en particular.

La opacidad es una de las características contra la que viene luchando desde hace años el sector asegurador. En el ámbito de los corredores, la falta de transparencia se ha apreciado en la escasez de datos que existen sobre la marcha de su actividad, lo que ha impedido hacer un seguimiento de este colectivo. Este año ha sido el primero en que la Administración ha recibido datos económicos exhaustivos sobre la evolución y actividad de los mediadores de seguros.



CORRETAJE (brokerage fee)

Comisión que cobran los intermediarios financieros por su intervención en la operativa de los mercados de valores, particularmente en Bolsa. Constituyen el coste de intermediación, descrito en la sección Costes de la inversión en Bolsa.

COSTE FIJO MEDIO

Costes fijos totales divididos por el número de unidades producidas.

COSTE FIJO TOTAL

Parte de los costes de una empresa que no varían a corto plazo.

COSTE DE OPORTUNIDAD

Cualquier inversión lleva asociado un coste de oportunidad, que consiste en la rentabilidad que se hubiese obtenido de haber elegido la mejor alternativa posible. Tambien se puede decir que es la cantidad de otros bienes a los que debe renunciar para obtener uno deseado. Tambien se define como el valor de las alternativas deshechadas en una elección.

COTIZACION DE CIERRE

último precio al que se negocia un activo en el mercado antes de que finalice la sesión de negociación. Implica un acuerdo entre comprador y vendedor para efectuar la transacción de un volumen determinado a ese precio. Sirve como referencia para el inicio de la subasta de apertura en la siguiente sesión. Ver la sección sobre El sistema de negociación de la renta variable en el Rincón del Inversor.


COTIZACION EX CUPON (clean price)

Cotización de un valor en la que no se tiene en cuenta la parte del cupón devengada y no cobrada hasta esa fecha.

COTIZACION POR CUPON CORRIDO (dirty price)

Es la cotización en la que se incluye la parte del cupón devengada y no cobrada (cupón corrido). Es decir, significa que en el precio ya se tiene en cuenta el derecho del vendedor a resarcirse por la parte de los intereses que no cobrará en la fecha de vencimiento del cupón, puesto que éste será íntegramente percibido por el comprador.

CRECIMIENTO ECONÓMICO

Incremento de la producción de bienes y servicios de una sociedad.

CRITERIO DE CAJA

Sistema que consiste en considerar fiscalmente los gastos cuando se pagan y los ingresos cuando se perciben.

CRITERIO DE DEVENGO

Al contrario que en el criterio de caja consiste en considerar el gasto fiscal cuando se ha generado aunque no se haya producido el pago y los ingresos cuando se devengan aunque no se hayan percibido aún.

CUADRO DE AMORTIZACIÓN

En un préstamo es el cuadro que desglosa las cantidades pendientes de pago por devolución del préstamo después de cada cuota y la carga financiera real durante el período en que el préstamo está vivo. En contabilidad es el cuadro que se confecciona para la amortización de activos; normalmente contiene el número de años en que dicho activo se amortiza, el importe pendiente de amortizar y el importe amortizado.

CUADRO DE FINANCIACIÓN (Funds-flow statement)

También se denomina estado de origen y aplicación de fondos y recoge todos los recursos obtenidos por la empresa por enajenación de activos, ingresos corrientes y otros y su aplicación al circulante, inmovilizado, circulante o pago de deudas por ejemplo. Al contrario que el balance que refleja una situación estática de la empresa, el cuadro de financiación refleja una visión más dinámica de la misma. Su confección es obligatoria para las empresas que no pueden presentar cuentas anuales abreviadas y ha de ser depositado en el Registro Mercantil formando parte de las cuentas anuales.


CUENTA DE RESULTADOS / de pérdidas y ganancias (profit and loss statement)

Informe contable que refleja la evolución de la actividad de una empresa, indicando los ingresos registrados y los gastos en que se ha incurrido a lo largo de un periodo determinado. El saldo final resultante son los beneficios o pérdidas obtenidos por la empresa.

CUENTA DE VALORES (securities account)

Conjunto de anotaciones contables en las que el intermediario refleja todas las operaciones y saldos de la cartera de valores de un inversor (entradas y salidas de valores y efectivo, pago de comisiones y gastos, etc.). Consultar la sección La cuenta de valores. Cuentas virtuales.

CUOTA DE IMPORTACIÓN

Cantidad máxima de alguna mercancía que puede ser importada cada año. Tambien llamado contingente

CUPON (coupon)

Es el interés nominal que tienen derecho a percibir los titulares de un valor de renta fija; suele pagarse con carácter trimestral, semestral o, más frecuentemente, anual. Puede ser fijo (establecido para toda la vida de la emisión) o variable (ligado a la evolución de tipos de interés, índices bursátiles, etc).


CUPON CORRIDO (accrued interest)

Es la parte del cupón de una obligación o bono que se ha devengado desde la fecha en que se pagó el último cupón, o desde la fecha de emisión (si aún no se ha cobrado ninguno). En general, el cálculo se realiza multiplicando el tipo de interés nominal por el período de tiempo transcurrido desde que comenzó a devengarse.


CURVA CUPON CERO (zero-coupon curve)

Curva que relaciona los tipos de interés de contado con sus plazos de vencimiento; indica la rentabilidad que el mercado estaría exigiendo en cada plazo, para un activo libre de riesgo. Se elabora a partir de instrumentos sin riesgo de crédito (deuda pública) emitidos al descuento o con cupón cero, de modo que la duración del agregado coincide con cada uno de los plazos (por tanto, no existe riesgo de precio ni de reinversión).

CURVA DE DEMANDA

Representación gráfica que muestra la cantidad de algún bien o servicio que las economías domésticas querrían comprar a cada precio, permaneciendo todo lo demás igual.

CURVA DE OFERTA

Representación gráfica que muestra la cantidad de algún bien o servicio que las empresas querrían vender a cada precio, permaneciendo todo lo demás igual.


CURVA DE RENDIMIENTOS (yield curve)

Gráfico que muestra la Tasa Interna de Retorno (TIR) de bonos similares, para distintas fechas de vencimiento. Tiene el inconveniente de que no considera el riesgo de reinversión, y asume que todos los flujos de un bono se reinvertirían a la misma TIR. La pendiente suele ser positiva: lo normal es que las emisiones a corto plazo ofrezcan rendimientos inferiores a las de plazo superior, aunque no siempre es así. Ver RIESGO DE REINVERSIÓN.


CUSTODIA DE VALORES (custody services)

Servicio de inversión que consiste en el mantenimiento de una cuenta de valores. A cambio de una comisión, el intermediario que presta este servicio ha de tener al día las posiciones del cliente, facilitarle el ejercicio de los derechos derivados de la tenencia de la cartera, etc. Cada entidad calcula esta comisión sobre la base que elija: el nominal de los valores custodiados, el efectivo, o cobrando un mínimo por cada valor o mercado.

 

 

 
     
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